FSC-CCOO Carretera y Logística | 25 abril 2024.

Acuerdo en el convenio colectivo de EAT

    El pasado 1 de julio se alcanzó un acuerdo para el 11º convenio colectivo de European Air Transport para los años 2021-2023

    06/07/2021.
    DHL-EAT - Madrid Rampa 7

    DHL-EAT - Madrid Rampa 7

    En esta ocasión, CCOO no ha ostentado la mayoría sindical de la mesa negociadora, circunstancia que ha motivado que se haya optado por alcanzar un acuerdo rápido entre las partes sin someterlo a ratificación por parte de la plantilla. 

    El acuerdo principalmente se basa en la subida salarial e introducción de algún punto demandado por la plantilla, como el de la jubilación parcial y el trabajo flexible. El resto del texto del convenio se mantiene íntegro.

    Los puntos principales del acuerdo alcanzado son:

    · Vigencia: (2021-2023) 

    · Jubilación parcial

    o Podrán acceder a la jubilación parcial de las/los trabajadores en el porcentaje legal que estos lo soliciten, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos según ley, con la simultanea contratación de otro trabajador

    o El trabajador/a que cumpla los requisitos deberá solicitarlo a la empresa con un preaviso de tres meses.

    o La retribución a satisfacer por la empresa se calculara sobre la totalidad de las retribuciones que venga recibiendo cada trabajador/a 

    · Trabajo flexible

    o El trabajo flexible, por razones organizativas, podrá imponerse en aquellos puestos donde sea posible con un máximo del 20% y no perdiendo retribución correspondiente al plus de transporte.

    o La empresa pondrá en conocimiento de los empleados el cuadrante con una antelación minina de un mes. Por tanto, cuando el trabajador se le asigne el trabajo flexible desde su domicilio, no dejara de percibir el plus transporte.

    o Cuando el trabajador de forma voluntaria decida prestar servicios desde su domicilio, habiendo sido acordado por el Director del departamento, el plus de transporte no se percibirá.

    · Plus transporte: 4.67€, ligado al IPC de cada año. 

    · Incremento Salarial: Todos los incrementos son calculados sobre los valores de las tablas salariales.

    o Año 2021: 1.5%

    o Año 2022: IPC+0.5 (garantizando un mínimo de un 3%)

    o Año 2023: IPC+0.5 (garantizando un mínimo de un 2%)

    · Plus conducción de equipos: 0.25€/hora para quienes conduzcan equipos autopropulsados y dispongan de los documentos que acrediten la capacitación. 

    · Inclusión de un tramo de categoría max. para supervisoresgraduados o que completen su graduación

    · Estabilidad de empleo: Se garantiza la estabilidad de empleo de todos los trabajadores de European Air Transport, durante toda la vigencia de XI convenio.

    · En relación a la categoría max.: se va a revisar, evaluar y analizar.

     La representación de CCOO está a disposición de la plantilla de los diferentes centros de trabajo para la atención de dudas, consultas, etc..