FSC-CCOO Carretera y Logística | 1 julio 2025.

TSJC obliga al SEM y al transporte sanitario a la lavar ropa del personal de ambulancias

    El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resuelve en el mismo sentido que otros Tribunales Superiores de Justicia de otros territorios a asumir el lavado de la ropa de trabajo del personal de ambulancias.

    11/12/2020.
    TSJC

    TSJC

    El TSJC ha determinado que el Sistema de Emergencias Médicas (SEM) y diversas empresas de ambulancias deben asumir el lavado, descontaminación y, en caso necesario, la destrucción de la ropa de trabajo y de los equipos de protección individual (EPI) del personal empleado en el transporte sanitario mientras dure la pandemia.

    La sentencia, no es firme y cabe contra ella recurso de casación. Y aunque es de inmediata ejecución, estima parcialmente la demanda interpuesta por CCOO contra el departamento de Sanidad, el Servicio Catalán de Salud, el Servicio de Emergencias Médicas, el Transporte Sanitario de Cataluña y diversas empresas de ambulancias, como UTE Grup La Pau, UTE Alt Penedès, Garraf y Baix Llobregat, UTE Transport Sanitari de Barcelona, Ambulancias Domingo SAU, Ambulancias Tomás SLU, Ambulancias Catalunya, Servi Ambulance SL, Traslados Sanitarios Internacionales y Transport Sanitari de Catalunya.

    Finalmente, la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso; ya que, aún siendo de inmediata ejecución, la estima parcialmente absolviendo a la Consejería y al Servicio Catalán de Salud, condenado al resto de los demandados.

    La sentencia considera que las demandadas son responsables de asegurar que las empresas con las que se subcontrata el servicio cumplen con las obligaciones generales y especiales y de seguridad y de salud.