FSC-CCOO Carretera y Logística | 25 abril 2025.

UGT firma un convenio extraestatutario en ABERTIS

  • Esta manera de entender las relaciones laborales en las que a la mayoría social se le niega el derecho a la negociación, es un chantaje a la gran mayoría de trabajadores y sus representantes.

28/07/2023.
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En el día de hoy, se ha ratificado en el SIMA el preacuerdo de un convenio de eficacia limitada entre la empresa y UGT.Este acuerdo sólo afecta directamente a los afiliados de UGT y pone un límite temporal a todo aquel que quiera adherirse de manera individual. Esta manera de entender las relaciones laborales en las que a la mayoría social se le niega el derecho a la negociación, es un chantaje a la gran mayoría de trabajadores y sus representantes.

UGT ha cerrado la puerta a un convenio de ámbito general y ha traicionado a la mayoría social, ya que 4 representantes sobre 13 representantes de la parte social no han respetado el juego de mayorías y de la normalidad de la negociación colectiva.

FAQ´S

¿Qué es un convenio de eficacia limitada?

Es un convenio no estatutario, firmado por una parte de la representación que no tiene la mayoría de la misma, y que afecta directamente a todos los afiliados del sindicato firmante, y además a todo trabajador/trabajadora que decida adherirse individualmente. 

¿Qué pasa con los no afiliados a UGT y decidan no adherirse al acuerdo?

Quedarían bajo el paraguas del CUN III, con todos los artículos, excepto los que tuvieran fecha concreta de caducidad. Desde CCOO, consideramos que no hay que ceder al chantaje planteado por los firmantes: hay que forzar a la empresa a una negociación con la totalidad de la representación y que acuerden con una mayoría de la mesa negociadora.

¿Por qué no hay un Convenio que afecte a todo el personal?

Porque para que eso sea así se necesita que el acuerdo sea firmado por la mayoría de la parte social. Ni USO ni CCOO están de acuerdo con el preacuerdo firmado por UGT con la empresa.

¿Qué pasa con la cláusula de empleo si no me adhiero?

En caso de despidos colectivos la empresa no puede pactar indemnizaciones distintas para los afectados, con lo que no es real que los que no se adhieran al acuerdo no tienen garantía de empleo y los que se adhieran sí.

¿Garantiza este acuerdo el mantenimiento del poder adquisitivo de los trabajadores?

No. Lo pactado no llega a incrementar los salarios al 40% del IPC en el año 2022, ya que como reconoció la empresa ese aumento no llega al 3%. Cuando el IPC del año anterior fue un 6,7%.

Dicha aumento se traduce en una paga lineal de 1.300 euros consolidables y 750 euros no consolidables. Ambos para un tiempo completo, pero esa paga lineal será proporcional para los tiempos parciales. Y para el resto de años, el 80% del IPC de subida el 23 y 24, y 85% del IPC de subida el 25 y 26.

Desde CCOO instamos a participar en las asambleas que se convocarán la semana que viene donde se aclararán todas las dudas y se explicarán las acciones a realizar para revertir esta situación de chantaje a la que nos ha abocado la empresa y una parte minoritaria de la representación.

 

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